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Regimen de Responsabilidad Fiscal y del Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal Artículo 7 bis Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Adhesion a la Ley Nacional 25.917. Regimen de Responsabilidad Fiscal y del Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal Buenos Aires
Artículo 7 bis.

La Provincia y los municipios concertarán la implementación de políticas tendientes a disminuir los gravámenes que recaigan sobre la producción.

Los municipios procurarán la implementación de políticas y la suscripción de convenios interjurisdiccionales tendientes a homogeneizar y armonizar las bases imponibles y alícuotas, en particular en las denominadas Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene; Tasa por Alumbrado, Barrido y Limpieza y Tasa de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal o tributos municipales asimilables.

Los municipios remitirán a la Autoridad de Aplicación las ordenanzas fiscales e impositivas sancionadas para el ejercicio fiscal correspondiente y cada vez que se modifiquen. La misma será responsable de publicar de manera periódica indicadores relativos a la presión tributaria legal municipal.



Provincia de Buenos Aires Artículo 7 bis Adhesion a la Ley Nacional 25.917. Regimen de Responsabilidad Fiscal y del Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal
Artículo 1 ...6 bis 7 7 bis 8 8 bis ...17

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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